¿Qué es y qué incluye?
La constitución de una sociedad, la entrada o salida de socios, los cambios de administradores o la modificación de los estatutos son operaciones que requieren intervención notarial e inscripción en el Registro Mercantil. Nuestro objetivo es que cada decisión empresarial se documente con claridad, se cumplan los requisitos legales y la sociedad pueda seguir operando con normalidad.
Trabajamos con sociedades limitadas, anónimas, cooperativas, fundaciones y asociaciones, así como con empresas familiares que requieren acuerdos específicos para preservar el patrimonio a lo largo de generaciones. Coordinamos con asesores fiscales, abogados y gestores cuando interviene un equipo profesional externo.
Trámites destacados
- Constitución de sociedades limitadas y anónimas
- Constitución de cooperativas
- Constitución de fundaciones y asociaciones
- Aumento y reducción de capital social
- Transmisión de participaciones y acciones
Trámites notariales que realizamos.
- Constitución de sociedades limitadas y anónimas
- Constitución de cooperativas
- Constitución de fundaciones y asociaciones
- Aumento y reducción de capital social
- Transmisión de participaciones y acciones
- Transformación de sociedades
- Disolución, liquidación y extinción
- Modificación de estatutos sociales
- Cese y nombramiento de administradores
- Declaración de unipersonalidad
- Cambio de socio único
- Pactos parasociales
- Protocolo familiar
- Poderes mercantiles
- Poder de gerencia
Documentación necesaria.
Cada caso es distinto. Al concertar la cita le indicaremos exactamente qué documentación necesita.
- DNI de socios, administradores y apoderados
- Certificado negativo de denominación social (constitución)
- Justificante de aportación del capital social
- Estatutos sociales actualizados
- Certificación del acuerdo social adoptado en junta
- Escrituras anteriores de la sociedad
- NIF provisional o definitivo
Preguntas frecuentes sobre sociedades y mercantil.
¿Cuánto tarda constituir una sociedad limitada?
Una vez reunida la documentación, la firma puede agendarse en pocos días. La inscripción posterior en el Registro Mercantil varía según la calificación registral, habitualmente entre una y tres semanas.
¿Pueden los socios firmar acuerdos privados al margen de los estatutos?
Sí, mediante los pactos parasociales, que vinculan a quienes los firman pero no son oponibles frente a terceros salvo que se incorporen a los estatutos o se inscriban cuando la ley lo permite.
¿Es obligatorio elevar a público los cambios de administrador?
Sí. La inscripción en el Registro Mercantil es obligatoria y requiere escritura pública.
¿Hablamos de su caso?
Le orientamos sobre la operación, los documentos necesarios y los pasos a seguir.